Colombia necesita nuevas líneas de transmisión eléctrica, proyectos de energías renovables, exploración de hidrocarburos e inversiones mineras que permitan garantizar su seguridad energética y generar empleo. Sin embargo, muchas de estas iniciativas tardan años en avanzar, no siempre por falta de recursos o dificultades técnicas, sino por trámites administrativos que no marchan al mismo ritmo. Para enfrentar este problema, el Ministerio de Ambiente publicó para comentarios un proyecto de decreto que permitiría adelantar simultáneamente el licenciamiento ambiental y la consulta previa, con un posible ahorro de hasta dos años en algunos proyectos, según estimaciones anunciadas por el Gobierno.
La propuesta merece atención porque Colombia no puede aspirar a una política mineroenergética ágil y contundente mientras sus instituciones trabajan de manera desarticulada, toda vez que hoy, determinados trámites ambientales deben esperar decisiones relacionadas con la consulta previa, incluso cuando existen actividades técnicas que podrían adelantarse sin afectar los derechos de las comunidades, y en este sentido, el mencionado proyecto de decreto plantea una solución sencilla: que ambas actuaciones avancen al mismo tiempo, pero sin confundirse. Mientras las autoridades ambientales, incluida la ANLA, revisan estudios, realizan visitas de campo y evalúan los posibles impactos de un proyecto, la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa (DANCP), del Ministerio del Interior, determina si procede la consulta y, cuando corresponda, dirige el diálogo con las comunidades étnicas.
Entonces la pregunta pertinente sería: ¿Dónde podrían ahorrarse esos dos años? Y entenderíamos que es principalmente en los tiempos de espera entre entidades. Por ejemplo, mientras se prepara una consulta previa, la autoridad ambiental podría revisar los estudios del proyecto y programar sus visitas. Y cuando las comunidades identifiquen posibles afectaciones sobre sus territorios, esa información podría llegar oportunamente a quienes evalúan las medidas ambientales, evitando correcciones tardías y nuevos retrasos.
Incluso cuando las entidades coincidan en el territorio, podrían coordinar sus desplazamientos e intercambiar información sin convertir una visita ambiental en una reunión de consulta previa. Se trata de trabajar simultáneamente, pero no de reemplazar un procedimiento por otro, porque cada autoridad debe conservar sus competencias y la decisión definitiva sobre la licencia ambiental deberá esperar el cumplimiento de las exigencias correspondientes a la consulta previa.
Aunque agilizar también implica riesgos, como confundir rapidez con participación, en la medida que la consulta previa, reconocida por el Convenio 169 de la OIT y la Corte Constitucional, es un derecho fundamental de las comunidades étnicas cuando existe una afectación directa, y no puede reducirse a informarles sobre proyectos cuyas decisiones ya están tomadas. El otro riesgo tangible aparece cuando los estudios ambientales avanzan sin incorporar realmente las preocupaciones de las comunidades. Y otro más aparece cuando los acuerdos alcanzados terminan en documentos sin responsables, seguimiento ni cumplimiento efectivo, pues una licencia expedida rápidamente puede perder buena parte de su utilidad si después enfrenta conflictos territoriales o controversias judiciales.
Por eso, la propuesta debería acompañarse de una coordinación efectiva entre el Ministerio del Interior y las autoridades ambientales, con agendas territoriales, intercambio oportuno de información y mecanismos que permitan incorporar los resultados de la consulta en las decisiones sobre los proyectos. El propósito no debe ser simplemente tramitar más rápido, sino decidir mejor y evitar que los mismos problemas reaparezcan durante la ejecución.
Además, los dos años anunciados son una posibilidad, no una garantía. Su ahorro dependerá de las condiciones de cada proyecto y de la capacidad institucional para hacer funcionar los procedimientos simultáneamente. El decreto puede abrir esa oportunidad, pero no reemplaza la necesidad de fortalecer técnicamente a las entidades responsables.
En conclusión, Colombia necesita una política mineroenergética capaz de transformar sus recursos en infraestructura, energía, inversión y desarrollo territorial. Para lograrlo, debe reducir los tiempos muertos de la administración, no los derechos de las comunidades. La seguridad jurídica de los proyectos también depende de la participación efectiva, del respeto por las competencias institucionales y del cumplimiento de los acuerdos.
¿Y entonces ahorraríamos dos años en las licencias ambientales mineroenergéticas? Ese tiempo podría representar un avance importante, siempre que el tiempo ganado sirva para ejecutar mejores proyectos y no para aplazar los conflictos. Porque el verdadero desafío no es solamente obtener licencias más rápido, sino lograr que la energía y las inversiones lleguen a tiempo a los territorios, con legitimidad, responsabilidad ambiental y beneficios para sus comunidades.

