El presidente Petro, en medio de las protestas por el predial en abril de 2026, lanzó una advertencia que no pasó desapercibida, al hablar de la posibilidad de destituir alcaldes. No fue solo lo que dijo, sino cuándo y desde dónde lo dijo. En plena tensión social y a las puertas de un ciclo electoral, el mensaje no sonó a coordinación institucional, sino a presión política desde el poder.
En medio de problemas de seguridad, desorden territorial y autoridades locales que, según el Gobierno, no están respondiendo. Pero una cosa es exigir resultados y otra muy distinta es insinuar la remoción de mandatarios elegidos popularmente. En un Estado descentralizado, eso no es un detalle menor: es una señal que huele más a autoritarismo centralista que a gobernanza.
Y ahí aparece la ironía que no se puede ignorar. El mismo Petro que hace unos años denunció ante instancias internacionales su destitución como alcalde de Bogotá por parte del Procurador General en decisión administrativa, hoy sugiere la posibilidad de hacer lo propio con otros alcaldes. El actual presidente, ayer víctima del poder disciplinario; hoy está adoptando la facultad de destituir gobernantes electos popularmente desde el Poder Ejecutivo Central. Una contradicción difícil de explicar… pero muy fácil de notar.
Porque, más allá del discurso, hay reglas claras: el Presidente no puede destituir alcaldes. Esa no es una competencia del Ejecutivo, sino un asunto que corresponde a los jueces, con intervención de los mecanismos disciplinarios dentro de los límites fijados por la Constitución. Tras el caso Petro, quedó establecido que la destitución de autoridades elegidas popularmente no puede depender exclusivamente de la Procuraduría, sino que debe contar con control judicial efectivo, en línea con el sistema interamericano de derechos humanos. Por eso, cuando desde la Casa de Nariño se habla de “destituir alcaldes”, no se percibe como una simple opinión, sino como una extralimitación con tintes exacerbadamente autoritarios, más aún en un contexto electoral.
El problema de fondo ya no es solo jurídico, es profundamente democrático, pues si desde el poder central se destituyen alcaldes porque sí, la pregunta es clara: ¿se trata de coordinación o de concentración de poder? Y peor aún, si esto se normaliza, ¿no es este el tipo de ideas que luego se pretende incorporar en una Constituyente?
Lo cierto es que estas declaraciones no son inocuas. Ponen en tensión la autonomía territorial, la separación de poderes y, sobre todo, el respeto por el voto ciudadano. Y en democracia, esas no son discusiones menores: son líneas rojas que no deberían cruzarse, menos aún por quien en su momento las defendió con tanta vehemencia, tanto en la política como ante el sistema judicial internacional.

